¿Qué ocurrirá con las Marcas después del BREXIT?

Share

¿Qué ocurrirá con las Marcas después del BREXIT?

 

Las marcas que figuren registradas en la Unión Europea bajo la protección de la EUIPO – Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, lo seguirán estando en el Reino Unido hasta que cumpla la fecha de su renovación.

Una vez transcurrido ese plazo de vigencia, si se desea disponer de protección de la marca en el Reino Unido, se deberá solicitar el registro en la UKIPO – Oficina de Propiedad Intelectual de Reino Unido.

El Gobierno de Boris Johnson y la Unión Europea han establecido un periodo transitorio, concretamente hasta finales de 2020,  para adaptar los derechos de Propiedad Intelectual al nuevo escenario político. Después de esa fecha, las empresas, tendrán que hacer frente a las diferentes gestiones administrativas, debiéndose abonar TASAS específicas para poder registrar sus marcas.

Los derechos ya registrados a nivel europeo estarán protegidos por la legislación de Reino Unido una vez culminado el BREXIT, realizándose el proceso a diferentes velocidades, todo ello, dependiendo de la situación en el que se encuentren las solicitudes de registro de cada marcan en la EUIPO.

Si las marcas están se encuentran protegidas al final del periodo transitorio, es decir a finales de 2020, los derechos se respetaran.

Si los expedientes se encuentran en trámite, el titular del registro deberá solicitar la protección de una solicitud en el Reino Unido, abonándose las correspondientes Tasas de solicitud.

La citada protección se deberá solicitar en el plazo de 9 meses desde que finalice el periodo transitorio, es decir hasta finales de 2021.

 

 

 

Comments are closed.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies.

ACEPTAR
Aviso de cookies