EL PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE PATENTES

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EL PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE PATENTES

Newpatent®, le guiará durante todo el trámite o procedimiento administrativo de la solicitud de su Patente de Invención, mediante notificaciones puntuales en las que se le informará de las correspondientes actuaciones y plazos legales para llevarlas a cabo. Es muy importante, por lo tanto, que podamos disponer en todo momento de todos los datos personales actualizados, como son principalmente: correo electrónico y números de teléfonos, notificándonos cualquier modificación que exista del domicilio para posibles notificaciones por correo postal.

  • La primera comunicación que recibirá una vez solicitado el expediente es la de Admisión a Trámite de la solicitud, en la que se asigna la fecha de Presentación Oficial definitiva.
  • A partir de la publicación de su solicitud, la cual no se producirá antes de los18 meses desde la fecha de presentación definitiva.
  • Una vez solicitada la continuación del procedimiento, la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), realiza un  IET o Informe sobre el Estado de la Técnica, en el que se da una relación de los documentos considerados relevantes para la apreciación de la NOVEDAD y la ACTIVIDAD INVENTIVA de la solicitud y una opinión escrita, preliminar y sin compromiso, acerca de si la invención objeto de la solicitud de Patente de Invención cumple aparentemente los requisitos de patentabilidad establecidos en la Ley, y en particular, con referencia a los resultados de la búsqueda, si la invención puede considerarse nueva, implica actividad inventiva y es susceptible de aplicación industrial y que se le entregará junto con los documentos citados en el mismo. Es recomendable hacer un profundo estudio de los documentos mencionados como relevantes para apreciar la novedad y la actividad inventiva de la invención y la correspondiente evaluación de su solicitud. Tras la realización del Informe sobre el estado de la técnica y una vez transcurridos 18 meses desde la fecha de presentación de la solicitud de Patente de Invención, la OEPM procede a la publicación del folleto de la solicitud de la Patente de Invención y del IET.
  • A la vista del IET o Informe sobre el Estado de la Técnica y de su propia estrategia definida alrededor de la solicitud de Patente de Invención, deberá decidir si opta por continuar el procedimiento de concesión por la vía del Procedimiento General de Concesión (sin examen de fondo de la solicitud) o por la vía del procedimiento con examen previo (con examen de fondo) o incluso valorar la posibilidad de retirar la solicitud de patente antes de su publicación.
  • Será conveniente que valore una posible modificación de aquellas reivindicaciones afectadas por documentos anteriores detectados en el informe sobre el IET o Estado de la Técnica con el fin de evitar las posibles infracciones de derechos de Patente existentes. La Patente de Invención que va acompañada de un Informe sobre el Estado de la Técnica “negativo”, en el que mediante un signo «X» se señalan documentos que destruyen la novedad de determinadas «reivindicaciones» y cuya opinión escrita es negativa, es, en lo reivindicado en éstas, de gran debilidad y fácilmente atacable, a pesar de que la patente llegue a otorgarse.

En cualquier caso, finalmente le será oportunamente comunicada la resolución. En el caso de que dicha resolución sea de concesión, a partir de la publicación de la misma en el BOPI se abre un plazo de tres meses para pagar los derechos de concesión y retirada de título.

 

NEWPATENT®
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E21001 Huelva – España

Tel.  959 286 109
Móvil  638 730 941  –  601 461 588
Mail:  marcas@newpatent.es
Web:  www.newpatent.es

 

 

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