DISEÑO INDUSTRIAL EN LA UNIÓN EUROPEA
Un buen diseño
crea valor
Diseño Internacional
Por lo general, la protección de los dibujos o modelos industriales se limita al país que concede la protección. De conformidad con el Arreglo de La Haya relativo al Depósito Internacional de Dibujos y Modelos Industriales, tratado administrado por la OMPI, existe un procedimiento para realizar una solicitud internacional. Un solicitante puede presentar una única solicitud internacional ante la OMPI o la Oficina nacional de un país que sea parte en el tratado en cuyo caso, el dibujo o modelo industrial estará protegido en tantos Estados parte del tratado como desee el solicitante.
Ámbito geográfico
Países donde se puede registrar un diseño internacional
Albania
Alemania
Armenia
Azerbaiyán
Bélgica
Belice
Benin
Bosnia y Herzegovina
Botswana
Brunei Darussalam
Bulgaria
Côte d’Ivoire
Croacia
Dinamarca
Egipto
Eslovenia
España
Estados Unidos
Estonia
ex Rep. Yugoslava de Macedonia
Finlandia
Francia
Gabón
Georgia
Ghana
Grecia
Hungría
Islandia
Italia
Japón
Kirguistán
Letonia
Liechtenstein
Lituania
Luxemburgo
Malí
Marruecos
Mónaco
Mongolia
Montenegro
Namibia
Níger
Noruega
Omán
Org. Africana Prop. Intelectual (OAPI)
Países Bajos
Polonia
Rep. Árabe Siria
Rep. de Corea
Rep. de Moldova
Rep. Popular Democrática Corea
Rumania
Rwanda
Santa Sede
Santo Tomé y Príncipe
Senegal
Serbia
Singapur
Suiza
Suriname
Tayikistán
Túnez
Turquía
Ucrania
Unión Europea
Características del servicio
En la mayoría de los países, un Dibujo o Modelo Industrial debe registrarse a fin de estar protegido por el derecho que rige los Dibujos y Modelos Industriales. Por norma general, para poder registrarse, el Dibujo o Modelo debe ser “nuevo” u “original”. Los distintos países proponen distintas definiciones de dichos términos, así como variaciones en el proceso de registro. Por lo general, “nuevo” significa que no se tiene conocimiento de que haya existido anteriormente un Dibujo o Modelo idéntico o muy similar. Cuando se registra un Dibujo o Modelo, se emite un certificado de registro. A partir de este momento, el plazo de protección suele ser de cinco años, con la posibilidad de seguir renovando el período hasta los 15 /25 años, en la mayoría de los casos.
Dependiendo de cada legislación nacional y del tipo de Dibujo o Modelo, un Dibujo o Modelo Industrial puede asimismo estar protegido como obra de arte en virtud de la legislación de DERECHO DE AUTOR. En algunos países, la protección de Dibujos y Modelos Industriales y la protección del derecho de autor pueden existir simultáneamente. En otros países, se excluyen mutuamente: cuando el titular escoge un tipo de protección, deja de poder acogerse a la otra.
Bajo ciertas circunstancias, un Dibujo o Modelo Industrial puede estar protegido por la legislación sobre competencia desleal, si bien las condiciones de protección y los derechos y recursos que garantiza pueden ser considerablemente diferentes.
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