La apariencia exterior de un producto o de una parte del mismo se deriva de las lÃneas, contornos, colores, forma, textura, materiales y/o ornamentación.
Diseños, Dibujos o Modelos
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Preguntas más frecuentes
- ¿QUÉ ES UN DIBUJO O MODELO?
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La apariencia exterior de un producto o de una parte del mismo que se deriva de:
- las lÃneas,
- contornos,
- colores,
- forma,
- textura,
- materiales y / o
- su ornamentación.
- ¿QUÉ ES UN PRODUCTO?
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Un producto puede ser cualquier artÃculo artesanal o industrial, incluidos los embalajes, sÃmbolos gráficos y caracteres tipográficos, con exclusión de los programas informáticos.
También incluye los productos constituidos por múltiples componentes que pueden desmontarse y volverse a montar.
- ¿POR QUÉ SE CREAN LOS DIBUJOS Y MODELOS?
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La protección de los DISEÑOS, DIBUJOS y MODELOS puede hacerse valer directamente en cada uno de los Estados Miembros y entre los que permite optar DIBUJOS y MODELOS registrados y los no registrados, abarcando un territorio que cubre todos los Estados Miembros. El area de protección aumenta cada vez que se amplia la Unión Europea.
Los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS producen los mismos efectos en toda la Comunidad.
La OAMI sólo se ocupa de las solicitudes de DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS REGISTARDOS, ya que no es preciso presentar ninguna solicitud para los dibujos y modelos comunitarios no registrados.
- ¿QUÉ SENTIDO TIENE PROTEGER LOS DIBUJOS Y MODELOS?
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El DISEÑO o la forma de un producto puede ser un sinónimo de la MARCA y de la imagen de una empresa y se convertirse en un activo con valor económico muy importante que puede ir en aumento. Si no solicita la protección, otros pueden aprovecharse de sus inversiones.
- ¿CUÃL ES LA DIFERENCIA ENTRE UN DIBUJO Y MODELO REGISTRADO Y UNO NO REGISTRADO?
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El alcance de la protección es el mismo, ambos tienen carácter unitario en toda la Unión Europea y tienen los mismos requisitos de protección como la novedad y el carácter singular.
Sin embargo, los derechos que otorgan son diferentes los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS registrados confieren un derecho exclusivo de :- uso,
- prohibir la fabricación,
- la oferta,
- la puesta en el mercado,
- la importación,
- la exportación,
- el uso,
- el almacenamiento de productos que incorporen el dibujo o modelo.
Los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS no registrados conceden el derecho a prohibir el uso comercial del dibujo o modelo sólo si dicho uso resulta de una copia.
AsÃ, si el DIBUJO o MODELO independientemente fue concebido por un segundo diseñador (es decir, si dicho diseñador demuestra que no sabia de la existencia de un DIBUJO o MODELO protegido), no hay infracción.
- ¿CUÃLES SON LAS DIFERENCIAS ENTRE UN DIBUJO O MODELO REGISTRADO Y UNO NO REGISTRADO?
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Los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS registrados confieren un derecho exclusivo sobre la apariencia exterior de un producto o de una parte del mismo que se deriva de las caracterÃsticas, en particular, de las lÃneas, contornos, colores, forma, textura y / o materiales del producto en sà y / o de su ornamentación.
El carácter de derecho registrado confiere al dibujo o modelo una gran seguridad en caso de infracción. Los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS registrados tienen una duración inicial de CINCO AÑOS a partir de la fecha de presentación y pueden renovarse por periodos de CINCO AÑOS hasta un máximo de 25 años.
Los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS no registrados se definen en el Reglamento sobre los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS en los mismos términos que los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS registrados pero ofrecen protección durante un perÃodo de tres años desde la fecha en la que el DIBUJO o MODELO se divulgó por primera vez en la Comunidad. Los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS no registrados conceden a su titular impedir el derecho a la copia por terceros. Los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS registrados y los no registrados han de cumplir los mismos requisitos para obtener protección.
A diferencia de los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS registrados, es preciso no presentar una solicitud para proteger los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS no registrados. Sin embargo, esta simplicidad tiene sus inconvenientes, ya que en la práctica el titular de los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS no registrado puede tener problemas para demostrar que goza protección.
- ¿CUÃL ES EL PERIODO DE VALIDEZ DE UN DIBUJO O MODELO?
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Los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS registrados quedan protegidos en un principio durante un plazo de CINCO AÑOS a partir de la fecha de presentación de la solicitud y pueden renovarse por uno o varios perÃodos de CINCO AÑOS hasta un máximo de veinticinco años.
Los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS no registrados quedan protegidos por un plazo de tres años a partir de la fecha en que son divulgados por primera vez dentro del territorio comunitario.
- VENTAJAS DE LOS DIBUJOS Y MODELOS REGISTRADOS EN COMPARACIÓN CON LOS SISTEMAS NACIONALES DE PROTECCIÓN
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La aplicación de un ordenamiento jurÃdico único a todos los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS, lo que se ofrece una protección sólida y uniforme en toda la Unión Europea.
Simplificación de los trámites gracias a:- una única solicitud
- una única lengua de presentación
- un único centro administrativo
- un único expediente que Gestionar
- pago única tasa oficial
La posibilidad de presentar solicitudes múltiples (es decir, de incluir varios DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS en una única solicitud, por ejemplo, una serie completa de productos similares); La posibilidad de aplazar la publicación del DIBUJO y MODELO COMUNITARIO durante un máximo de 30 meses para evitar que la competencia tenga conocimiento del mismo.
Concesión al titular del derecho exclusivo de utilizarlo y de prohibir su uso por terceros sin su consentimiento.
- ¿CUÃL ES EL COSTE DE LOS DIBUJOS O MODELOS COMUNITARIOS EN COMPARACIÓN CON OTROS SISTEMAS?
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El sistema de Tasas es decreciente, lo que implica que cuando se realiza una solicitud múltiple, se aplicara un descuento sobre la Tasa de base del segundo DIBUJO o MODELO COMUNITARIO hasta el décimo y un descuento sobre la Tasa de base a partir del undécimo DIBUJO o MODELO.
- ¿CUÃNDO SE DEBERÃA SOLICITAR LA PROTECCIÓN?
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Es recomendable presentar la solicitud lo antes posible. Sin embargo, existe un perÃodo de gracia que le permite comercializar su producto durante el periodo de 12 meses previo a la fecha de presentación de la solicitud de DIBUJO o MODELO sin destruir la novedad. Es decir, divulgar un DIBUJO o MODELO nuevo antes de presentar la solicitud no invalida el registro por falta de novedad.
- ¿QUÉ EXISTÃA ANTES DE LOS DIBUJOS O MODELOS COMUNITARIOS REGISTRADOS Y NO REGISTRADOS?
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Antes de que se aprobara el Reglamento sobre los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS, sólo los paÃses del Benelux (Bélgica, Luxemburgo y los PaÃses Bajos) contaban con una Legislación unificada en materia de protección de DIBUJOS y MODELOS.
En todos los demás Estados miembros de la Unión Europea, la protección de los DIBUJOS y MODELOS se realizaba a través de la Legislación Nacional, lo que obligaba a presentar una solicitud por separado en cada paÃs y la protección quedaba entonces limitada al territorio de dicho paÃs .
La única alternativa era el sistema internacional del Arreglo de La Haya, administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI}. Este Arreglo concede Protección Nacional mediante la presentación de una solicitud única ante la OMPI, indicando los paÃses para los que se desea obtener protección. Este sistema es de aplicación en algunos de los Estados miembros actuales y potenciales de la Unión Europea, asà como, en algunos otros paÃses que no pertenecen a la Unión Europea. En total más de 40 paÃses.
- ¿PUEDE REGISTRARSE UN DIBUJO O MODELO INDIVIDUALMENTE EN CADA ESTADO MIEMBRO DE LA UE?
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SÃ,
Los Estados miembros seguirán ofreciendo para la protección nacional de los DIBUJOS y MODELOS en Bélgica, Los PaÃses Bajos y Luxemburgo y seguirán teniendo un sistema común de protección para los DIBUJOS y MODELOS en el Benelux.
- ¿QUÉ SIGNIFICA EL "GRADO DE LIBERTAD DE LOS DISEÑADORES AL DESARROLLAR SUS DIBUJOS Y MODELOS"?
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La libertad creativa de los diseñadores puede variar mucho de un producto a otro. Sin embargo, esta libertad no debe medirse por la falta de margen de acción desde un punto de vista subjetivo (es decir, el hecho de que la persona que encarga los dibujos o modelos solicita que aparezcan ciertos elementos en los mismos), sino desde una perspectiva objetiva.
Por tanto, se considerará que los sectores en los que abundan las creaciones anteriores (es decir, todas las creaciones ya existentes) o en los que la normalización impone muchas limitaciones dejan poca libertad uno los diseñadores.
- ¿PUEDEN PROTEGERSE LOS MATERIALES UTILIZADOS EN UN PRODUCTO COMO DIBUJOS Y MODELOS COMUNITARIOS?
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No,
No es posible proteger un material concreto a través de un DIBUJO o MODELOS COMUNITARIO. Lo que se protege es la apariencia del producto para el que se solicita el DIBUJO o MODELO, y el hecho de que un producto sea de madera puede añadir ALGO a esta apariencia exterior.
El derecho que se otorga no conceder el derecho exclusivo de fabricar un producto concreto en madera; la competencia podra fabricar sus productos en madera si su DIBUJO o MODELO cumple los requisitos de novedad y "carácter singular".
- ¿QUÉ ES UN "COMPONENTE DE UN PRODUCTO COMPLEJO"?
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Incluye elementos como las piezas de los coches, los espejos laterales, los parachoques, el capó o las luces. Si son visibles en su uso normal, estos no quedan excluidos del registro, pero tienen una protección limitada. Estos elementos podrán fabricarse y venderse especÃficamente para reparar un producto del pecado original infringir el dibujo o modelo comunitario registrado. Si no son visibles en el uso normal del producto complejo, no quedarán excluidos de la protección del registro, ya que la OAMI no realiza un examen de fondo antes del registro, pero no hayan sufrido algún aunque surtirán los efectos jurÃdicos de un DIBUJO y MODELO COMUNITARIO registrado.
- ¿QUÉ ES UN SISTEMA MODULAR EN CUYA PROTECCIÓN PUEDEN SOLICITARSE LOS DIBUJOS Y MODELOS
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Un sistema modular está compuesto por una serie de elementos diseñados para conectarse de distintas formas. El ejemplo tÃpico de un sistema modular son los bloques de construcción que utilizan los niños. Esta noción también reviste especial importancia para el sector de los muebles, ya que incluye elementos como los pupitres y mesas, que pueden estar compuestos por una serie de mesas más pequeñas que se pueden ensamblar con configuraciones distintas.
- ¿CÓMO PUEDE DISTINGUIRSE UN SISTEMA MODULAR DE UN MODELO DE INTERCONEXIONES?
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Las Interconexiones se refieren a la caracterÃstica de un producto que le permite ser ensamblado mecánicamente o conectado con otro producto, por ejemplo, puede que la conexión de una bujÃa o de un tubo de escape deba tener necesariamente una "Forma y dimensiones" concretas para encajar en un coche.
Esto, en general, no hay configuraciones alternativas permite configuraciones, como en el caso de los sistemas modulares.
Las solicitudes de registro de "Interconexiones" no quedan excluidas de la protección del registro, ya que la OAMI no realiza un examen de fondo antes del registro, pero no surtirán los efectos jurÃdicos de un DIBUJO o MODELO COMUNITARIO, aunque hayan sufrido algún aunque registradas.
- ¿CUÃL ES LA DIFERENCIA ENTRE UNA MARCA COMUNITARIA TRIDIMENSIONAL Y UN DIBUJO O MODELO COMUNITARIO?
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Es posible obtener las dos formas de Protección.
Un DIBUJO o MODELO COMUNITARIO es protegido si cumple los requisitos legales de NOVEDAD y CARÃCTER SINGULAR en el momento de la presentación de la solicitud.
La protección del DIBUJO o MODELO COMUNITARIO abarca la forma, la lÃnea y la configuración de un producto al que el DIBUJO o MODELO COMUNITARIO se incorpora o aplica. La concesión de una MARCA COMUNITARIA TRIDIMERNSIONAL tiene lugar sà se puede considerar que el producto es un signo que distingue los productos del solicitante de los de otra empresa similar.
La protección que proporciona una MARCA COMUNITARIA está relacionada con el carácter distintivo del signo en sÃ, en comparación con reproducciones con signos idénticos y semejanzas visuales, fonéticas o conceptuales que podrÃan inducir a la confusión.
Por ejemplo, se puede proteger un envase como MARCA COMUNITARIA y como DIBUJO y MODELO COMUNITARIO registrado si cumple con los requisitos legales correspondientes: Una forma novedosa se convierte en sinónimo de los productos de una empresa y por tanto puede registrarse como MARCA, además de poder protegerse como DIBUJO o MODELO COMUNITARIO en razón de su carácter singular y su novedad.
- ¿CUÃL ES LA DIFERENCIA ENTRE UNA MARCA TRIDIMENSIONAL Y UN DIBUJO O MODELO?
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El registro de una MARCA TRIDIMENSIONAL protege el carácter distintivo del signo frente a otros signos existentes que se estén utilizando para los mismos productos o servicios, mientras que los DIBUJOS y MODELOS, protegen la novedad y el carácter singular de los productos.
De hecho, la caracterÃstica de la novedad no se aplica a las marcas y la caracterÃstica del carácter distintivo no se aplica a los DIBUJOS y MODELOS.
Las MARCAS no tienen limitación temporal alguna (pueden renovarse indefinidamente por perÃodos de diez años), mientras que los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS registrados tienen una duración máxima de 25 años a partir de la fecha de solicitud del registro.
- ¿CUÃL ES LA DIFERENCIA ENTRE UNA PATENTE Y UN DIBUJO O MODELO?
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Las PATENTES protegen la función, el funcionamiento o la construcción de una nueva creación.
Para poderse patentar, una función debe ser innovadora, tener una aplicación industrial y describirse de forma tal que un experto en la materia pueda reproducir el proceso.
Los DIBUJOS y MODELOS sólo cubren la apariencia de los productos. Los dibujos y modelos no pueden proteger la función de un producto.
Si un producto se protege a un tiempo como PATENTE y como DIBUJO o MODELO REGISTRADO (es decir, un producto nuevo puede incluir perfectamente tanto nuevas funciones como una nueva apariencia), el calendario de presentación de las solicitudes será crucial, ya que deberá garantizarse que la publicación de uno u otro de los derechos no destruye la novedad de la otra solicitud.
- ¿QUÉ ES UN MODELO DE UTILIDAD?
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Un MODELO DE UTILIDAD es un derecho exclusivo que se concede en relación con una invención similar a una PATENTE DE INVENCIÓN.
En ocasiones, también se le denomina «pequeña patente» o «patente de innovación». Se puede conceder a todo aquel que invente o descubra nuevos procesos, máquinas, artÃculos manufacturados o composiciones de la materia, o cualquier mejora útil de los mismos.
- ¿ES PRECISO PUBLICAR LOS DIBUJOS O MODELOS COMUNITARIOS REGISTRADOS?
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La publicación puede aplazarse durante un máximo de 30 meses por tanto y usted podra mantener la confidencialidad de sus creaciones hasta que las divulgue. Puede optar incluso por no realizar ninguna publicación y en ese caso su registro expirará al cabo de 30 meses.
Si decide publicar el DIBUJO o MODELO tras un perÃodo de aplazamiento de la publicación, debera pagar las Tasas de publicación correspondientes y, si fuera necesario, deberá enviar una representación del dibujo o modelo (si la solicitud se presento adjuntando una muestra en especie} dentro de un plazo de 27 meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud o de la fecha de prioridad.
- ¿QUÉ ES EL PERIODO DE GRACIA?
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El diseñador (o el posterior propietario de un DIBUJO o MODELO puede solicitar protección hasta un año después de la fecha de la primera divulgación del DIBUJO o MODELO, sin que sus propias divulgaciones resulten perjudiciales para el registro. En otras palabras, la novedad del DIBUJO o MODELO no se destruye durante un perÃodo de un año desde su divulgación. Esto permite al propietario decidir si vale la pena invertir el tiempo y el dinero que requiere solicitar la protección de un DIBUJO o MODELO.
El inconveniente es la inseguridad jurÃdica en que quedan los terceros sobre si se va un secretario o no un DIBUJO o MODELO. Sin embargo, se trata de un perÃodo de tiempo relativamente corto durante el cual la competencia no podra copiar el DIBUJO o MODELO en forma alguna como consecuencia del derecho no registrado que concede el Reglamento sobre los DIBUJO y MODELOS COMUNITARIOS.
Esto resulta especialmente útil para las pequeñas empresas, que con frecuencia no cuentan con los recursos necesarios para financiar el registro sistemático de sus DIBUJO y MODELO, que pueden tener o no éxito en el mercado.
- ¿PUEDO HABLAR CON OTRAR PERSONAS DE MIS DUBUJOS Y MODELOS?
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SÃ,
Pero debe ser prudente en todo momento. La persona a la que muestre su DIBUJO o MODELO puede tratar de registrar uno similar antes que usted y esto le podrÃa colocar en una posición de debilidad frente dicha persona, ya que seria usted quien tendrÃa que demostrar que su DIBUJO o MODELO ha sido copiado, lo que resulta siempre muy difÃcil.
- ¿PUEDE UN SOLICITANTE SER TITULAR DE UN DIBUJO O MODELO NACIONAL Y COMUNITARIO DESPUÉS DE SOLICITARLO?
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SÃ,
Por supuesto, siempre que se respete el perÃodo de gracia de un año, es decir, la solicitud comunitaria debe presentarse dentro del programa nacional de un año desde la divulgación del DIBUJO o MODELO nacional. Asimismo, si la solicitud de DIBUJO o MODELOnacional se hubiera presentado menos de seis meses antes, se puede reivindicar la prioridad en la solicitud de dibujo o modelo comunitario registrado.
- ¿CUÃL ES LA DIFERENCIA ENTRE EL SISTEMA DE DIBUJOS Y MODELOS COMUNITARIOS Y EL SISTEMA DE LA HAYA?
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Los DIBUJOS y MODELOS COMUNITARIOS constituyen un sistema unitario en el que una solicitud confiere protección en toda la Unión Europea. Este derecho tiene el mismo valor en todos los Estados miembros.
El acuerdo de La Haya es un sistema internacional que otorga protección a escala nacional mediante la presentación de una única solicitud ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. En esta solicitud deben designarse los paÃses para los que se desea obtener protección. Este sistema se aplica en algunos de los Estados miembros actuales y potenciales de la UE, asà como, en algunos otros paÃses que no pertenecen a la UE, en total más de 40 paÃses.
La principal diferencia consiste en que el DIBUJO y MODELO COMUNITARIO reconocer un derecho para todo el territorio comunitario.
El DISEÑO de su producto, puede convertirse en un activo con valor económico muy importante que, puede ir en aumento. Protéjalo, y evite que otros puedan aprovecharse de sus innovaciones.
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